Ley de la segunda oportunidad
Asesoramiento de Abogados expertos en La Ley de la segunda oportunidad
La Ley de la Segunda oportunidad es un mecanismo legal, ofrecido a personas físicas con la oportunidad de superar una situación económica desfavorable, liberando parte de las deudas, pero sin descuidar o dejar a un lado los derechos de cobro de los acreedores. Esta ley es regulada por el Real Decreto Ley 1/2015, el cual permite que el deudor pueda renegociar las deudas, o exonerarse de alguna de ellas.
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Creemos en una segunda oportunidad, elimina tus deudas y vuelve a vivir tranquilo
La Ley 25/2015, del 28 de julio, vino a alterar las responsabilidades que sobre las situaciones de endeudamiento existía en este país. Hasta la llegada de esta ley los deudores respondían con sus recursos, presentes y futuros (art. mil novecientos once del Código Civil: «Del cumplimiento de las obligaciones responde el deudor con sus recursos, presentes y futuros»).
Esta Ley, que no viene sino más bien a igualarnos a lo que sucede en los países de nuestro ambiente, deja a las personas físicas, particulares o bien empresarios, iniciar una nueva vida sin la carga deudora que les imposibilita encarar con normalidad los pagos corrientes de su día tras día. Y eso se logra, por medio de la citada Ley, bien a través de la aprobación de un plan de pagos que deje encarar las deudas de forma ordenada o, si los acreedores no desean facilitar dicho pago ordenado, a través de la supresión de las deudas por imperativo judicial.
En consecuencia, esta Ley da una ocasión única a lo acreedores de buena fe de eliminar sus deudas, de regular su coyuntura económica y de iniciar una nueva vida sin la horrible carga que, arrastrados por la crisis económica, se ha puesto sobre los ciudadanos de este país.
Libérate de las deudas y empieza de cero
Dudas Sobre las Ley de la Segunda Oportunidad
La ley de segunda oportunidad surge el 27 de febrero de 2015, y la contiene el Real Decreto 1/2015. Va dirigida exclusivamente a las personas físicas . Su principal objetivo es lograr que una persona pueda recuperar su vida y dejar de tener encima el peso de todas las deudas que ha obtenido al sobrepasar problemas económicos, tanto personales como empresariales.
Las iniciativas contenidas en esta Ley se crean para permitir que las familias y empresas reduzcan su carga financiera. Están destinadas a quienes se encuentran en una situación más cercana a la insolvencia por sus circunstancias económicas y sociales de vulnerabilidad, sean PYMEs y autónomos, o personas naturales en general.
El acogerte a la ley de segunda oportunidad no te supondrá empeorar tu situación durante el proceso, ya que se adapta a la situación de cada persona. Se aplicará de diferentes formas:
- En caso de la existencia de una insolvencia total por parte del solicitante, se podrá lograr la cancelación de todas las deudas.
- Por otro lado, en el caso de que la insolvencia no sea total, se pactarán diferentes pagos mensuales hasta un máximo de 5 años y la cancelación del resto de la deuda. Dichos pagos mensuales van adaptados a la renta de cada solicitante, con el fin de no perjudicar a la salud económica de este.
Esta ley se adapta a las personas físicas, se trata de intentar equiparar las soluciones que se ofrecen a las personas jurídicas con el concurso de acreedores a las personas físicas. Por lo que, pueden acogerse a esta ley cualquier autónomo, empresarios, familias que se encuentren sobre endeudadas y en cualquier particular en general.
Cuando aquella persona se ve inmersa en una situación de insolvencia podrá beneficiarse de esta ley y comenzar una segunda oportunidad en su vida.
Es importante dejar constancia de que las empresas pequeñas y medianas y aquellos empresarios podrán acogerse a la Ley, siempre y cuando no tengan más de 50 trabajadores y su deuda no supere los 5 millones de euros. Si no cumpliesen con estos requisitos, podrán solicitar el concurso de acreedores.
Se puede acoger a esta ley cualquier persona física, da igual que sean empresarios o particulares, mientras que cumplan los requisitos que establece la ley. Siendo el principal requisito la existencia de buena fe por parte del deudor. La buena fe se mide en función de las siguientes condiciones:
- Que no haya sido declarado como culpable en algún concurso de acreedores, así como que la insolvencia no haya sido de forma intencionada.
- No tener una deuda superior a cinco millones de euros.
- No haber intentado la obtención de un acuerdo extrajudicial de pagos con los acreedores.
- Que exista una clara insolvencia de forma inmediata.
- Que no se haya sido condenado en sentencia firma por delitos contra la seguridad social o hacienda, contra los derechos de los trabajadores, contra el patrimonio o el orden socioeconómico.
Estos son los puntos clave para entender la buena fe que exige la ley, pero a su vez, se debe de mantener durante todo el proceso una colaboración pro activa con todas las figuras del proceso (mediador concursal, juez, notario, administrador concursal), es decir, proporcionar toda la información que necesiten y que soliciten.
Medidas introducidas por la Ley de la Segunda Oportunidad
Esta ley se basa en los acuerdos extrajudiciales y los beneficios de exoneración.
Al hablar de acuerdos extrajudiciales, nos referimos a la nueva negociación que se realiza en referencia a la deuda. Su objetivo es lograr que los acreedores reciban su dinero sin tener que ejercer presión a los deudores. Este tipo de acuerdos no puede superar los 10 años.
Mientras tanto, el beneficio de exoneración entra en juego cuando el acuerdo extrajudicial fracasa o es insuficiente, y el deudor puede liberarse de los créditos no privilegiados.
En los siguientes casos de que la Ley de la Segunda Oportunidad se utilice en abuso, los acreedores pueden solicitar la revocación del mismo:
- Al momento de que el deudor cometa alguna acción que no aplique este beneficio.
- Cuando se incumple el plan de pago.
- Cuando la situación económica del deudor mejore.
- Al momento que el deudor se encuentre recibiendo ingresos, o se descubra la existencia de bienes o derechos ocultos.
La Ley de la Segunda Oportunidad ha sido tomada como una alternativa para los deudores hipotecados, que aún mantienen deudas con el banco, a pesar de haberlo perdido todo. Es evidente que la imposibilidad de pago no debe depender del deudor.
¿Cómo funciona la Ley de la Segunda Oportunidad?
Permite que cualquier persona pueda iniciar desde cero.
Una vez que el patrimonio sea liquidado se presentará el acuerdo extrajudicial de pago. Aquí se debe registrar cuotas a un plan de pago realista. Se debe tener en cuenta la presencia de un abogado especialista para facilitar el éxito de la operación.
Es muy probable que este acuerdo resulte rechazado, esto se deberá a que es difícil que el usuario pueda hacerse cargo del pago de las deudas. De ser el caso, la persona debe solicitar una exoneración de las deudas pendientes.
Es importante resaltar que la Ley de la Segunda Oportunidad no permite que una persona se libre de los pagos arbitrales, así que sin importar cuánto protejas tu patrimonio deberás empezar desde cero. Aquí es donde hacemos énfasis en la presencia de un profesional en el área de la asistencia jurídica antes de iniciar el procedimiento.
Es la ley quien pone en valor el historial crediticio del deudor que se encuentra insolvente. Durante 10 años las personas no podrán optar por la utilización de esta ley, y esto será constatado en el Registro Público Concursal.
Ley de la Segunda Oportunidad y las deudas con la Hacienda y la Seguridad Social
Aquellas deudas que haya adquirido la Administración Pública no se encuentran contempladas en la ley, ya que por lo general son deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
Esto hace que la Ley de la Segunda Oportunidad, sea única y exclusivamente para los autónomos y las personas particulares que realmente necesitan una segunda oportunidad para exonerar sus deudas con la Administración.
Para el año 2019 los límites de la Ley de la Segunda oportunidad admitieron que los deudores se beneficiarían de la exoneración, en un porcentaje muy elevado, de las deudas contraídas con la Administración Pública. Lo que permite que las deudas se fraccionen y sean pagadas en un plazo de cinco años.